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1. Condiciones para acceder al subsidio
por gravidez.
El subsidio por gravidez se otorga ante el cumplimiento de
las siguientes condiciones:
- Ser afiliada activa (con declaración de ejercicio
libre de la profesión).
- Encontrarse embarazada. Se concede asimismo en los casos
de legitimación adoptiva.
- No registrar obligaciones vencidas por concepto de aportes,
Fondo de Solidaridad y su Adicional, y demás obligaciones
pecuniarias. La solicitud del beneficio no exime del pago
que pudiera corresponder al Fondo de Solidaridad y su Adicional.
El goce del subsidio por gravidez es incompatible con el ejercicio
libre de la profesión.
2. Cuantía del
beneficio.
El beneficio consiste en el pago de un monto mensual equivalente
a los 2/3 de la jubilación por incapacidad que le correspondería
en ese momento.
3. Reintegros.
Durante la prestación del subsidio, la afiliada no
pagará los aportes mensuales correspondientes al período
subsidiado, difiriéndose. Una vez finalizado el período,
se abonarán sus montepíos en cuotas correspondientes
al 3% del sueldo ficto de su categoría actual hasta
completar el total de los montepíos no vertidos durante
el período de subsidio, sin que operen recargos ni
intereses de especie alguna.
Atento a que los aportes que no resultan abonados durante
el período subsidiado son conocidos como "deuda
de reintegros", es muy común que la afiliada asuma
que lo que está reintegrando es el propio subsidio.
Es pertinente, por lo tanto, puntualizar que el subsidio no
se reintegra.
Estas cuotas, denominadas "reintegros", serán
cobradas conjuntamente con el aporte exigible cada mes, en
caso de continuar en régimen de libre ejercicio.
Si al finalizar el período de subsidio, la titular
formulara Declaración Jurada de No Ejercicio, abonará
únicamente los reintegros correspondientes.
4. Plazos para solicitar
y gozar del beneficio.
El subsidio por gravidez debe solicitarse entre los primeros
45 días anteriores a la Fecha Probable de Parto (FPP),
y hasta los 30 días posteriores al parto. El vencimiento
de dicho plazo implicará la caducidad del derecho al
mismo. En los casos de legitimación adoptiva, el plazo
para solicitar el subsidio es de 30 días a partir de
la fecha de tenencia.
El subsidio se otorga por un período máximo
de 90 días. Cuando la gravidez sea múltiple,
corresponderá su otorgamiento por el lapso de 120 días.
5. Documentación
a aportar al momento de la solicitud.
La solicitante deberá presentar:
- Cédula de identidad vigente.
- Cédula de identidad vigente de quien se presenta,
en caso de tratarse de un apoderado o familiar directo, y
poder original o copia autenticada, si corresponde. (El poder
podrá ser otorgado por Escribano Público o tramitado
en la propia Caja).
- Certificado médico del ginecólogo tratante
con indicación de la Fecha Probable de Parto (FPP).
Deberá constar en el certificado la autorización
del ginecólogo tratante de trabajar hasta la fecha
de suspensión de la actividad. El certificado deberá
incluir firma del médico tratante y aclaración
de la misma, así como el timbre profesional correspondiente.
- Información correspondiente al sistema de cobro seleccionado:
débito bancario (especificando en ese caso el nombre
de la Institución, sucursal o agencia, número
de cuenta, si se trata de una cuenta corriente, caja de ahorros
u otro, nombre, C.I., domicilio constituido, teléfono
y celular de su titular)*, o sistema de cobranza descentralizada
- Abitab (sucursal de Abitab seleccionada, número de
agencia, domicilio, localidad, departamento).
* de tratarse de una cuenta en el BROU deberá presentar
el Formulario de adhesión al sistema de crédito
en cuenta solicitado previamente en cualquiera de sus sucursales
(consultar en el Banco).
6. Presentación
de la solicitud.
En Montevideo, el trámite deberá ser realizado
personalmente por la titular, ante el Depto. de Servicio Médico
de la Caja, en la calle Andes 1521, esq. Uruguay. La solicitud
podrá ser tramitada telefónicamente a través
del no. 902 89 41, internos 303 o 259, o mediante asistencia
de un familiar directo o apoderado, únicamente en caso
de reposo absoluto de la titular, por indicación médica.
Las afiliadas residentes en el interior del país podrán
solicitar el subsidio por Correo, mediante formulario respectivo,
junto con la documentación requerida.
Por consultas adicionales:
- sobre la solicitud del beneficio, dirigirse al Depto. de
Servicio Médico por el teléfono 2902 8941 interno
259, fax 2902 8941 interno 303, o vía e-mail a smedico@cjppu.org.uy.
- sobre el cobro del beneficio, dirigirse al Depto. de Prestaciones
por el teléfono 2902 8941 internos 256 o 257, fax 2902
8941 interno 260, o vía e-mail a prestaciones@cjppu.org.uy.
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