Timbres y Gravámenes
Valores de los Timbres
Año 2022 - 1er. y 2do semestre.
Art. 71 de la Ley 17.738 - 1er. semestre 2023
Art. 71 de la Ley 17.738 - 2do. semestre 2022
Reglamentación del apartado a) - arts. 71 y 131 Ley 17.738 - 2do. semestre 2022
Reglamentación del apartado a) - arts. 71 y 131 Ley 17.738 - 1er. semestre 2023
Agentes oficiales de venta de valores
Gravamen a las importaciones
Carteles de Difusión
Resultados de análisis clínicos
Por cada Resultado de Análisis Clínicos, Químicos, Físicos o Físico-químicos se abonará $ 130 en el primer semestre de 2023.
Ver cartel adjuntoResultados de exámenes
Por cada Resultado de Examen Radiológico, Electrocardiológico, Tomográfico, Electroencefalográfico, Resonancia Magnética, así como cualquier otro resultado proveniente de técnicas de diagnóstico de profesionales de la salud se abonará $ 130 en el primer semestre de 2023.
Ver cartel adjuntoVicésimas
El costo del timbre para los escritos o actos presentados por un profesional ante órganos jurisdiccionales civiles o penales es de $230 para los documentos comprendidos en la ley 16.226 artículo 334 y de $37 para aquellos no comprendidos en la norma mencionada. Las vicésimas configuran un 5% sobre el honorario según el arancel correspondiente (con una regulación mínima de 3 bases de prestaciones y contribuciones) y, para el caso de abogados y procuradores, se establece el primer escrito como el momento de pago, en el primer semestre de 2023.
Ver cartel adjuntoTrámites ante DI.CO.SE
Las declaraciones juradas correspondientes a guías de propiedad y tránsito de semovientes tienen un costo de $37, en tanto que en otras declaraciones juradas que se presenten deberá aplicarse un timbre con valor $230 o abonarse el importe correspondiente, en el primer semestre de 2023.
Ver cartel adjuntoSolicitudes y Presentaciones
Las personas o empresas que realicen solicitudes de inspecciones contables, avaluaciones, certificados referentes a tributos o bien presenten estados contables, estados de responsabilidad o declaraciones juradas, en ambos casos, ante oficinas públicas o instituciones de intermediación financiera, deberán aplicar un timbre de $230, en el primer semestre de 2023.
Ver cartel adjuntoDeclaraciones Juradas - Impuesto al Patrimonio
Corresponde aplicar timbres profesionales equivalentes al 0,01% del activo fiscalmente ajustado hasta un máximo de $ 13.000, en el primer semestre de 2023.
Ver cartel adjuntoEscritos o actas otorgados por profesionales
Por cada acta o escrito otorgado por un profesional que se presente o formule ante Órganos Públicos Estatales o no (planos, proyectos, memorias descriptivas, tasaciones, peritaciones, certificados de obra e informes, entre otros) debe aplicarse un timbre de $ 230, en el primer semestre de 2023.
Ver cartel adjuntoDeclaraciones juradas ante oficinas públicas o instituciones de intermediación financiera
Las personas o empresas que presenten declaraciones juradas ante oficinas públicas o instituciones de intermediación financiera deberán aplicar un timbre de $ 230 en el primer semestre de 2023.
Ver cartel adjuntoCertificación médica u odontológica
A los usuarios: Por cada certificación médica u odontológica se abonará $130 en el primer semestre de 2023.
Ver cartel adjuntoCirugía particular
A los usuarios: Por cada intervención de cirugía mayor o tratamiento médico sustitutivo o de importancia similar se abonará $5400 y por cada intervención de cirugía menor o tratamiento médico sustitutivo o de importancia similar se abonará $3100, en el primer semestre de 2023.
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